Quienes hayan tenido hijos en 2014 y 2015 ya pueden solicitar la devolución del IRPF por maternidad, mientras que quienes los hayan tenido en 2016 y 2017 podrán solicitarlo a partir de enero. Las familias que tuvieron los hijos en 2018 no tendrán que solicitarlo porque se hará de manera automática en la declaración de 2019.
Como hemos dicho en anteriores noticias, desde que el Tribunal Supremo determinó que la maternidad estaba exenta de IRPF, hemos estado a la espera de que la Agencia Tributaria pusiera a disposición el formulario por internet para facilitar esta tramitación.
Se estima que este proceso comenzará a surtir efecto, es decir, a devolver el dinero, a partir de enero y finalizará en abril. La devolución media rondará los 1600 € en el caso de maternidad y en el supuesto de paternidad los 383€.
FORMAS DE PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO
Online: a través del número de referencia de la última declaración de la renta, por el sistema de clave PIN y/o certificado electrónico. WEB
Personalmente: tendrán que descargar el formulario en formato PDF y tras rellenarlo, se presenta en la Agencia Tributaria. FORMULARIO
DATOS SOLICITADOS
Del interesado: se trata de los datos básicos del afectado.
Del nacimiento: fecha de nacimiento del bebé. Los años en los que se ha percibido la prestación. Si el niño nació en noviembre de 2012 y la prestación se ingresó en diciembre de 2012 y el resto de meses de 2013, se deberán marcar ambos.
Del banco: habrá que facilitar el número de cuenta en la que se deberá ingresar la devolución, el beneficiario de la devolución debe ser el titular de la cuenta.